POR:
CEO EMBER IGUARAN EMBAJADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
iphrusa.org
New York, Octubre 2026.
INFORME DE LAS NACIONES UNIDAS / OPINION DE EMBER IGUARAN. LA ADMINISTRACION TRUMP HA SIDO DECLARADO POR NUESTRO ORGANISMO COMO VIOLADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS A LAS PERSONAS QUE EMIGRAN A ESTADOS UNIDOS DE PAISES ACUSADOS POR TERRORISMO Y NARCOTRAFICO POR LOS ORGANISMOS DE JUSTICIA INTERNACIONAL.
El esquema de externalización migratoria de Estados Unidos involucra a más de 35 Estados y desencadena una cascada de violaciones de derechos humanos, incluida la tortura: expertas y expertos en derechos humano
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Comunicados de prensa
Los canales de migración abiertos, seguros y regulares son cruciales para detener violaciones de derechos humanos de los migrantes
Día Internacional del Migrante – Jueves 18 de diciembre 2014
GINEBRA – Los acuerdos de externalización migratoria de Estados Unidos ya están exponiendo a los migrantes a un mayor riesgo de violaciones de los derechos humanos, incluida la tortura y la persecución, advirtieron hoy personas expertas en derechos humanos*, mientras los acuerdos de traslado de migrantes y solicitantes de asilo se expanden a más de 35 países y territorios donde sus derechos no pueden ser protegidos de manera efectiva.
Los daños causados por este esquema del Gobierno de Estados Unidos ya no son hipotéticos. Estos acuerdos están desencadenando una cascada de violaciones de derechos humanos, incrementando los riesgos de tortura y malos tratos, así como de desapariciones forzadas, y vulnerando el principio consuetudinario de no devolución (non-refoulement) en países de todo el mundo que están firmando acuerdos para recibir aviones cargados de migrantes y refugiados expulsados de Estados Unidos», afirmaron las personas expertas.
En el marco de estos acuerdos de expulsión, el Gobierno de Estados Unidos ya ha enviado al menos a 23.000 nacionales de terceros países a 29 países y territorios. El esquema se dirige a solicitantes de asilo y migrantes en distintas etapas de sus procesos migratorios. Debido a su falta de transparencia, estos acuerdos quedan en gran medida fuera de la supervisión democrática y del monitoreo independiente de derechos humanos.
Las personas expertas advirtieron que, además de los riesgos de devolución, estos acuerdos han abierto la puerta a una variedad de otras violaciones, entre ellas la detención arbitraria e incomunicada, las desapariciones forzadas, el acceso insuficiente a asistencia jurídica, la negación del debido proceso, la separación familiar, la discriminación, la falta de vivienda, la esclavitud, la trata de personas, graves consecuencias para la salud mental y el bienestar, y la falta de acceso a servicios de salud y servicios básicos.
Quienes enfrentan los mayores riesgos son los niños y niñas, las mujeres, las personas con discapacidad, las víctimas de trata, las personas LGBT, los defensores de derechos humanos, las personas apátridas y otras personas en situaciones de extrema vulnerabilidad», señalaron.
Estos migrantes están siendo trasladados a países o territorios con los que no tienen ningún vínculo, lo que puede constituir una experiencia traumática y aislante que agrava los daños ya sufridos y que inicialmente los llevaron a huir hacia Estados Unidos. Otros son enviados a lugares donde corren el riesgo de sufrir más violencia o discriminación por motivos de género, orientación sexual, identidad de género o actividad en defensa de los derechos humanos.»
Las personas expertas han enviado comunicaciones a Estados Unidos y a todos los gobiernos con los que había celebrado acuerdos de externalización hasta junio de 2026, un total de 35 países y territorios hasta el momento.
Cada día más países negocian y firman acuerdos», afirmaron las personas expertas. «Para los migrantes en situaciones de especial vulnerabilidad, las consecuencias pueden ser mortales. Pueden ser trasladados a Estados que carecen de infraestructura para tramitar solicitudes de asilo, instalaciones de acogida seguras, servicios sanitarios adecuados o alternativas sostenibles de reintegración. En muchos casos, estos terceros países están inmersos en conflictos y sus propias poblaciones enfrentan desplazamientos, hambre y pobreza extrema. Carecen de capacidad para proteger los derechos de los migrantes enviados allí por naciones ricas que buscan eludir sus obligaciones internacionales.»
Algunos acuerdos contemplan únicamente una recepción temporal seguida de una nueva expulsión a discreción del tercer país», señalaron las personas expertas. «Algunos países pueden recurrir a la devolución o a presionar a los migrantes para que soliciten regresar a su país de origen, pese a los riesgos que ello implica para su protección, mediante amenazas de detención continuada o de traslado a otro país donde enfrentan un riesgo real de represión.»
«No puede presumirse que un retorno sea voluntario cuando la persona no tiene estatus legal, medios de subsistencia, asesoramiento jurídico independiente o una alternativa viable al regreso», afirmaron. «Un retorno en esas circunstancias sería coercitivo y podría completar una cadena ilegal de devoluciones derivada del traslado inicial realizado por Estados Unidos.»
Los Estados no pueden trasladar su responsabilidad respecto de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y derecho de los refugiados hacia migrantes y solicitantes de asilo a otros países, a costa de las garantías fundamentales de derechos humanos, advirtieron las personas expertas.
«Los Estados no pueden desentenderse contractualmente de sus obligaciones jurídicas internacionales», afirmaron. «La prohibición de la devolución se aplica allí donde un Estado ejerce jurisdicción o control efectivo y en todas las etapas de un traslado.»
Recordando la jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la responsabilidad que los Estados mantienen respecto de migrantes y solicitantes de asilo cuando intentan externalizar sus obligaciones jurídicas, las personas expertas reiteraron que dichas obligaciones no pueden quedar sin efecto mediante acuerdos bilaterales, garantías diplomáticas, arreglos financieros con Estados Unidos o la participación de organizaciones internacionales en acuerdos de externalización.
«Las entidades de las Naciones Unidas, incluida la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), desempeñan una función crucial en la asistencia a refugiados y migrantes. Sin embargo, su participación nunca debe legitimar acuerdos que expongan a las personas a la devolución o a otras violaciones graves de derechos humanos, incluida la tortura, y debe estar guiada por sólidos procesos de diligencia debida en materia de derechos humanos», afirmaron las personas expertas.
«Participar en medidas que conduzcan a violaciones de derechos, incluidas infracciones de la prohibición absoluta e inderogable de la tortura, puede, en determinadas circunstancias, constituir complicidad.»
Con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos, tanto los Estados que trasladan a migrantes y solicitantes de asilo como los países o territorios que los reciben siguen estando obligados por sus obligaciones jurídicas internacionales hacia las personas que se encuentran en su territorio o bajo su jurisdicción.
«La cooperación no diluye la responsabilidad», afirmaron las personas expertas. «Un Estado que, a sabiendas, ayude o asista a otro Estado en conductas que vulneren el principio de no devolución u otras obligaciones de derechos humanos puede incurrir también en responsabilidad internacional.»
«Todos los Estados y territorios implicados deben suspender de inmediato estos acuerdos, restablecer el acceso a procedimientos de asilo justos y eficaces, asegurar la protección de los derechos humanos y las garantías del debido proceso, prevenir las devoluciones en cadena y garantizar la transparencia, la supervisión independiente de los derechos humanos y la rendición de cuentas», afirmaron las personas expertas.
«Los derechos humanos deben situarse en el centro de la gobernanza migratoria y no ser sacrificados en aras de la disuasión.»
«Lo que está en juego no es simplemente una política migratoria, sino la vida, la seguridad, la dignidad y los derechos de personas que quizá ya hayan sufrido graves daños y que, en muchos casos, huyen de persecuciones y violencias que ponen en peligro su vida en sus países de origen.»
Los Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas están en contacto con los Estados Unidos, así como con los 35 países y territorios concernidos, el ACNUR y la OIM. La Relatora Especial de la Comisión Africana ha entablado, en el marco de su mandato regional, un diálogo con varios de los Estados africanos concernidos.
• Antigua y Barbuda, Belice, Burundi, Cabo Verde, Camerún, República Centroafricana, Costa Rica, República Democrática del Congo, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guinea Ecuatorial, Esuatini, Ghana, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Liberia, Libia, México, República de Moldova, Palaos, Panamá, Paraguay, Polonia, Ruanda, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, Sierra Leona, Sudán del Sur, Uganda, Uzbekistán y Kosovo (Nota: toda referencia a Kosovo debe entenderse en el contexto de la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas).
• Los expertos:
Gehad Madi, Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes.
Pau Pérez Sales, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
George Katrougalos, Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo.
Margaret Satterthwaite, Relatora Especial sobre la independencia de magistrados y abogados.
Ben Saul, Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo.
Grażyna Baranowska (Presidenta-Relatora), Ana Lorena Delgadillo Pérez (Vicepresidenta), Aua Baldé, Gabriella Citroni y Mohamed Al Obaidi, integrantes del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias.
Katarina Schwarz, Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas.
Claudia Flores (Presidenta), Ivana Krstić (Vicepresidenta), Dorothy Estrada-Tanck, Haina Lu y Laura Nyirinkindi, integrantes del Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas.
Cecilia M. Bailliet, Experta Independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional.
Graeme Reid, Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
Leopoldo Maldonado Gutiérrez, Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Mariângela Batista Galvão Simão, Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
Gina Romero, Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación.
Andrea Bolaños Vargas, Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.
Morris Tidball-Binz, Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.
Nicolas Levrat, el Relator Especial sobre cuestiones de las Minorías
Matthew Gillett (Presidente-Relator), Ethan Hee-Seok Shin (Vicepresidente responsable del seguimiento), Miriam Estrada Castillo y Mumba Malila, Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria
Koldo Casla, Relator Especial sobre el derecho a una vivienda adecuada
Reem Alsalem, Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias
Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Mecanismo Especial
Selma Sassi, Relatora Especial sobre los refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y migrantes en África, Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Paula Gaviria Betancur, Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos
Los relatores especiales/expertos independientes/grupos de trabajo son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En conjunto, estos expertos se denominan Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Aunque la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas actúa como secretaría de los Procedimientos Especiales, los expertos actúan a título individual y son independientes de cualquier gobierno u organización, incluidas la OACNUDH y las Naciones Unidas. Cualquier punto de vista u opinión presentados son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de la ONU o de la OACNUDH.
Las observaciones y recomendaciones específicas por país de los mecanismos de derechos humanos de la ONU, incluidos los procedimientos especiales, los órganos de tratados y el Examen Periódico Universal, pueden consultarse en el Índice Universal de los Derechos Humanos https://uhri.ohchr.org/en/. #zulia #venezuela🇻🇪 #mariacorinamachado #trump #elecciones @@usembassyve @secrubio @marcorubio @potus @mariacorinamachado @dinorahfiguerat @asambleave @maelvirasalazar marianelafernandez @grruizve @juanpguanipa @aviliotroconiz @luismatheusad @manuelvelazcoad @plataformaunitariamara @henryrodriguez9834 @hramosallup @alviarez.henry @diariopanorama @rdnvenezuela @noti_info24 @noticiascadadia @juliocmontoya @julioaborges @hcapriles @pabloperezcontigo marianelafernandez @unidadvenezuela @pr1merojusticia @voluntadpopular @juliocmontoya @juliourribarrifon @omargonzalezmoreno2 @pedrourruchurtu @davidsmolansky
