.Dr. Gustavo Duque Largo
Embajador Defensor de los DDHH.
gustavoduquelargo@gmail.com
La exclusión d e personas acusadas d e «corrupción» d e una ley d e
amnistía que plantea instaurar el régimen que usurpa el poder en
Venezuela e n e l contexto actual plantea un problema de justicia y
equidad profundo, por varias razones:
En Venezuela, l a acusación d e corrupción h a sido utilizada de manera sistemática y selectiva como
u n mecanismo para criminalizar y encarcelar a opositores políticos, periodistas, empresarios y
militares disidentes. Muchas de estas acusaciones carecen de fundamentos reales, n o han seguido
debido proceso y forman parte d e una estrategia de persecución política.
sistema judicial venezolano ha sido ampliamente documentado por organizaciones
internacionales (como l a ONU, la CIDH y grupos d e derechos humanos) como carente d e
independencia, siendo utilizado frecuentemente como un brazo del poder ejecutivo para castigar a
la disidencia. Por lo tanto, una «acusación por corrupción» no es, en este contexto, un indicador
confiable de culpabilidad real.
El propósito declarado d e l a ley es «favorecer la convivencia» y finalizar procesos judiciales contra
opositores. Si se excluye a todos los acusados de corrupción, se estaría dejando fuera precisamente
a u n gran número de esos opositores, ya que esa es la principal acusación que el régimen ha utilizado
en su contra. Esto vaciaría d e contenido la amnistía y la convertiría e n un gesto simbólico sin efecto
práctico real para l a reconciliación.
Partiendo del Principio de igualdad ante la ley, tenemos según la doctrina que «Una ley justa debe
aplicarse bajo criterios claros, objetivos y n o discriminatorios. Excluir a u n grupo basándose en una
acusación que ha sido el caballo de batalla de la persecución política sería perpetuar la injusticia, n o
superarla. Sería, en esencia, que el régimen pudiera vetar la amnistía para cualquier persona
simplemente por haberle imputado el delito que ha usado de manera preferente».
En tal sentido, no sería justa. Una amnistía genuina que busque la reconciliación y cerrar ciclos de
persecución política debe incluir mecanismos para revisar l a naturaleza política de los casos,
independientemente de la tipificación jurídica que e l régimen haya utilizado como pretexto
(corrupción, traición, conspiración, etc.). La exclusión automática de los acusados de corrupción
haría que l a ley estuviera diseñada para fracasar e n su objetivo declarado, al permitir que e l mismo
instrumento d e persecución (las acusaciones por corrupción fabricadas) sea l a llave que mantenga
a los presos políticos e n l a cárcel. L a justicia d e la ley dependería d e s u capacidad para identificar y
amnistiar los casos de motivación política, incluyendo aquellos disfrazados de corrupción.
